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Provisión de Juez de Paz Titular y Sustituto

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A N U N C I O


Debiendo proveerse en este Municipio el cargo de Juez de Paz Titular y sustituto, de conformidad con lo que establece en el art. 101 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial, se abre un plazo de veinte días hábiles (Hasta el 14 de Junio) para que puedan presentarse solicitudes ante el Ayuntamiento por aquellas personas interesadas en su nombramiento, y que reúnan las condiciones siguientes:

  1. Ser español y mayor de edad.
  2. No estar incurso en las siguientes causas de incapacidad:
    • Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
    • Estar condenado por delito doloso mientras no haya obtenido la rehabilitación.
    • Estar procesado o inculpado por delito doloso, en tanto no sea absuelto o se dicte auto de sobreseimiento.
    • No estar en el pleno ejercicio de los derechos civiles.
  3. No hallarse incurso en las siguientes causas de incompatibilidad:
    • Ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena al Poder Judicial.
    • Ejercicio de cualquier cargo de elección popular de designación política.
    • Tener empleo o cargo dotado o retribuido por la Administración Pública.
    • Tener empleo de cualquier clase en los Tribunales y Juzgados.
    • Ejercer la Abogacía o la Procuraduría y todo tipo de asesoramiento jurídico.

En Albalate del Arzobispo, 10 de Mayo de 2024

Publicación Oficial en Boletín- BOP TE 94 – 17 MAYO 2024

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